1. ¿Quienes pueden acudir al Departamento de Protección al Usuario (DPUSF)?
Toda persona física o jurídica que utilice los servicios financieros o adquiera los productos de una entidad del Sistema Financiera Nacional, conforme a lo establecido en la Ley Monetaria y Financiera y en sus reglamentos de aplicación puede acceder al Departamento de Protección al Usuario de los Servicios Financieros APRA que le sean garantizados sus derechos frente a la entidad con la cual contrató y la cual entiende le ha violentado sus derechos.
2. ¿Cuándo se debe acudir al Departamento de Protección al Usuario de los Servicios Financieros?
Cuando se considere que cualquier hecho de la Entidad de Intermediación Financiera ha violado o vulnerado los derechos del usuario.
Previo a la presentación de la reclamación por ante el DPUSF, el Usuario interesado deberá agotar todos los mecanismos de reclamación y/o solución dentro de la entidad de intermediación financiera correspondiente de los contrato su reclamación deviene en inadmisible.
El usuario dispone de un plazo de dos (2) meses, contados a partir de la fecha de recepción de la respuesta, para presentar su reclamación ante el DPUSF, la cual deberá ser por escrito, anexando los documentos que sustenten la misma.
Primero debe acudirse ante al Entidad de Intermediación Financiera, después de transcurrido el plazo de treinta (30) días, presentarse por ante el Departamento de Protección al Usuario.
3. ¿Cuáles documentos se requieren para hacer una reclamación ante el DPU?
Toda persona que acuda por ante el Departamento de Protección al Usuario necesita lo siguiente:
A) Número de identificación del reclamo otorgado por la entidad de intermediación financiera, en su defecto, la carta sellada por la entidad.
a) Generales del reclamante, número de teléfonos y correo electrónico si lo tiene.
b) Motivo de la reclamación.
c) Fecha de presentación de la reclamación ante la entidad o copia de la respuesta de dicha entidad.
d) Poder otorgado por el titular, en el caso de que se trate de un apoderado.
e) Documentos anexos a la reclamación, si los hubiere.
Si lo considera necesario, la Superintendencia de Bancos podrá requerir a los usuarios la presentación de otros documentos adicionales.
5. ¿Que costo tiene este servicio?
De conformidad al Reglamento de Protección al Usuario de los Servicios Financieros, los servicios que ofrecemos son totalmente gratis.
4. ¿Dónde y como contactarnos?
Puede visitarnos en nuestra oficina, ubicada en la Superintendencia de Bancos, Av. México No. 52, Esq. Leopoldo Navarro, Santo Domingo, D.N., o en el teléfono No. 809 685-8141 ext. 483, fax No. 809 686-4617. o visitar nuestra pagina www.supbanco.gov.do para mayor información.